TC ratifica competencia del Primer Tribunal Ambiental y permite avanzar con proyecto Dominga

El Tribunal Constitucional rechazó la contienda de competencias presentada por el Comité de Ministros y respaldó al Primer Tribunal Ambiental en la supervisión del fallo sobre el proyecto minero Dominga, permitiendo su continuidad administrativa.

El Tribunal Constitucional (TC) resolvió este lunes un conflicto clave entre el Comité de Ministros y el Primer Tribunal Ambiental (1TA) respecto al proyecto minero-portuario Dominga. La sentencia, emitida en Santiago, rechazó la contienda de competencia promovida por el Comité, al considerar que el 1TA actuó dentro de sus atribuciones legales. Este fallo da luz verde a la continuación del proyecto, luego de una disputa sobre quién debía decidir respecto a su evaluación ambiental.

El conflicto surgió tras la resolución del 1TA en diciembre de 2024, en la que ordenó al Comité de Ministros votar nuevamente sobre el proyecto Dominga, ubicado en la Región de Coquimbo. El Comité consideró que esa instrucción excedía las facultades del tribunal ambiental, acusando una invasión a su discrecionalidad administrativa conforme a las leyes N°20.600 y N°19.300. En respuesta, el Ejecutivo acudió al Tribunal Constitucional para resolver el diferendo.

Sin embargo, el TC aclaró que el artículo 30 de la Ley N°20.600 (que impide a los tribunales ambientales intervenir en el contenido discrecional de actos anulados) no se aplica a la etapa de ejecución de sentencias, sino solo a las resoluciones de carácter declarativo. En este sentido, el fallo reafirmó que el 1TA tiene competencia para velar por el cumplimiento efectivo de sus propias resoluciones judiciales.Además, el TC sostuvo que la actuación del 1TA “se inserta en el cumplimiento incidental de la sentencia”, lo cual implica que tanto el Comité como el tribunal deben ceñirse a lo ya resuelto. Esto refuerza la autonomía judicial del sistema ambiental y delimita claramente los roles del poder administrativo frente a la jurisdicción especializada.

Como efecto inmediato, el Tribunal Constitucional levantó la suspensión del procedimiento administrativo del proyecto Dominga. Aunque no impuso costas al Comité de Ministros, subrayó que cualquier controversia futura deberá resolverse por la vía judicial ordinaria. Así, el fallo representa un precedente relevante sobre los límites y alcances de las competencias ambientales en Chile.