De acuerdo con lo expresado por Sylvester, lo ocurrido “constituye un acto que infringe gravemente las disposiciones legales que regulan el cese en el cargo de alcalde” y añadió que “no solo constituye un flagrante incumplimiento del marco legal, sino que también es una burla a los principios de probidad y transparencia».
La autoridad comunal recurrió al artículo 60 de la Ley Orgánica de Municipalidades para realizar su denuncia. Allí se menciona que para acoger la renuncia de algún alcalde o alcaldesa, es necesario que el concejo municipal lo apruebe con una mayoría de dos tercios (2/3). Sin embargo, en el caso de Ríos esto no ocurrió.
Por lo mismo, Sylvester solicitó a Contraloría una serie de acciones, tales como una fiscalización de la validez de la renuncia o la retroactividad de los actos administrativos declarados nulos. Además, solicitó que se revisen eventuales responsabilidades administrativas y que los antecedentes sean enviados al Tribunal Electoral Regional.